La reciente aprobación en el Senado de la reforma al Código de Trabajo que incluye el 10% de propina en pedidos a domicilio, entra en un conflicto directo con un dictamen judicial que prohíbe ese cobro fuera del establecimiento.
SANTO DOMINGO, RD. 6/10/2025.- El Congreso Nacional ha desatado un conflicto legal de alta magnitud que afecta directamente a consumidores y trabajadores del sector gastronómico. Tras la aprobación en primera lectura del proyecto de reforma al Código de Trabajo, que busca hacer obligatorio el cobro del 10% de propina legal en los servicios a domicilio (delivery) y por plataformas digitales, la medida ha chocado frontalmente con un dictamen judicial emitido por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) hace ya cuatro años.
La sentencia, dictada en 2021 por la Tercera Sala de la SCJ, fue clara: la propina obligatoria del 10%, establecida en el Código de Trabajo desde 1992, solo aplica cuando el cliente consume alimentos y bebidas dentro del local del establecimiento. La ley no contempla este cargo financiero para pedidos que son llevados fuera, sin importar si son transportados por empleados del negocio o por terceros contratados.
El Congreso Ignora la Jurisprudencia
La intención del Senado, impulsada por sectores hoteleros y turísticos como ASONAHORES, es garantizar que las gratificaciones beneficien a todos los empleados del sector (no solo a los repartidores), extendiendo el pago obligatorio a todos los canales de venta.
Sin embargo, al aprobar la modificación en la reforma laboral, el Congreso parece ignorar o desafiar la jurisprudencia de la SCJ que ya sentó un precedente legal sobre esta práctica.
Los jueces Manuel Herrera Carbuccia, Rafael Vásquez Goico y Nancy Salcedo Fernández, quienes emitieron el fallo, concluyeron que el sentido del Código de Trabajo limita el 10% legal únicamente al consumo in situ.
Alerta de Inconstitucionalidad y Beneficios Empresariales
El conflicto no es solo interpretativo, sino de cumplimiento legal. Si la reforma laboral es ratificada, pondría al consumidor en una encrucijada y abriría la puerta a posibles demandas de inconstitucionalidad.
Expertos y críticos han advertido que esta decisión podría beneficiar principalmente a los dueños de establecimientos. Al obligar el cobro de la propina en el delivery, las empresas podrían verse tentadas a reducir el salario base de los repartidores y empleados, justificándolo en el ingreso adicional del 10%.
Hasta ahora, la entidad Pro Consumidor se había basado en la sentencia de la SCJ para emitir resoluciones que multaban a los negocios que cobraban ilegalmente la propina en alimentos para llevar. La aprobación de la reforma en el Senado anula de facto esta regulación y convierte a República Dominicana —uno de los pocos países con propina obligatoria— en un caso insólito donde la obligación se extiende al servicio a domicilio, contraviniendo un fallo de su máxima corte judicial.



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